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Deberes y derechos sobre el ciudado de los niños - Por Marta G. Gelfi

Daniel: “Mediadoras… Esto se terminó. ¡Vayamos a tribunales y que el juez decida por nosotros! Ella no entiende que yo quiero cuidar a mi hija Zoe que tiene sólo tres años. Yo quiero llevarla al jardín y, cuando empiece la primaria, comprarle su primera mochila, ir a la escuela cuando la maestra llame, quiero llevarla al médico y estar con ella cuando tenga fiebre, comprarle ropa cuando vaya a un cumpleaños… quiero que vea a su abuela y esté con mis sobrinos… yo soy su padre y ahora, cuando no estamos más juntos con Silvia, quiero cuidarla igual que ella. ¡Tengo derecho!” Silvia: “Me parece bien, ¡vamos a tribunales!… yo nunca te prohibí que vieras a mi hija. Es más, te pedía que vinieras más seguido porque la nena pide por vos y llora cuando yo le digo que no podés venir porque tu jefe te pidió que te quedaras a trabajar… ella no lo entiende. Y ahora pretendés hacer lo que nunca hiciste en los ocho meses que estamos separados… ¿Qué te pasó? ¿Ahora tu pareja te deja que vuelvas a ser ...

Preguntas poderosas - Por Lucrecia Gambone

En mi artículo publicado el 03/08/2017 en esta columna (Líderes mediadores) hice referencia al liderazgo como disciplina aplicada a la mediación. En esta oportunidad, muy ligado al liderazgo, me propongo compartir los aportes que el coaching puede realizar y otros que ya está realizando a esta grata vocación que es la del mediador. Comenzaré describiendo con mis palabras qué es el coaching y cuál es el rol del coach. Dejo en sus manos el atino que los lleve a encontrar analogías con la mediación. El coaching es un proceso en el cual el coachee (entrenado), mediante preguntas realizadas por el coach, toma contacto con su ser y desde allí comienza a liderar sus objetivos: los visualiza y los logra efectivamente. El coach es un entrenador que acompaña al coachee en el camino hacia el logro de su meta. El mediador realiza un trabajo similar con las partes, quienes se presentan en aparente conflicto. Porque si bien cada una cuenta con objetivos contradictorios, apuntamos a una conversación...

Las asignaciones familiares (Partes I y II) - Por Estela Beatriz Hawkes

Las asignaciones familiares (I) Como mediadores, nos formamos para trabajar con gente que tiene y mantiene conflictos, colaborando activamente para ayudarles a buscar una solución. Para ello debemos permanecer imparciales y neutrales. Esto implica no “tomar partido o posición” a favor de alguna de las personas que se sientan con nosotros a la mesa de mediación Siendo esta una premisa de nuestro perfil y de nuestro rol de mediadores, no podemos olvidarnos que nosotros también somos seres humanos con distintos sentimientos, creencias, ideologías, edades, colores de piel, e incluso con formación universitaria diversa ya que en Córdoba provenimos de diferentes profesiones. Y al escuchar a las personas, especialmente en las causas derivadas de los Tribunales de Familia es inevitable “involucrarse” con ellas, no sólo al generar empatía, informarles los alcances de un acuerdo o un no acuerdo, presentar parámetros objetivos respecto a montos de cuotas alimentarias o regímenes de contacto, a...

Cambios en el paradigma de la resolución autocompositiva de conflictos - Por Matías Maccio y Manuel Campodónico

La ley 8858 declaraba en su artículo 1: “Institúyase en todo el ámbito de la provincia de Córdoba y declárese de interés público provincial la utilización, promoción, difusión y desarrollo de la instancia de mediación con carácter voluntario, como método no adversarial de resolución de conflictos”. En tanto, el artículo 1 de la nueva ley 10543 reza: “Institúyase en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba y declárase de interés público provincial la utilización, promoción, difusión y desarrollo de la mediación como método no adversarial de resolución de conflictos”. En una lectura veloz, parecería que el sentido primigenio de la mediación como método de resolución de conflictos no ha variado en su valoración teórica; sin embargo, sí ha habido un cambio radical en términos procesales. En la anterior redacción se declaraba “voluntaria” la instancia de mediación, sin perjuicio de que las partes no podían decidir voluntariamente la no apertura de la instancia en virtud de los casos del...

Vientos de cambio - Por Elba Fernández Grillo

A veces me pregunto si los operadores del fuero Civil han dimensionado la magnitud del cambio que tenemos por delante con la puesta en vigencia de la ley 10543, que establece la obligatoriedad de intentar por la vía de la mediación la solución de los conflictos, previa a las actuaciones judiciales. De más está decir que los mediadores estamos felices con esta ley, quizás porque en nuestro trabajo diario vivimos la angustia y el pesar que soportan quienes tienen un juicio pendiente; ya sea porque esté esperando hace años un resarcimiento económico o, por el contrario, porque tendrá que afrontar un pago con intereses y costas que no tiene idea cuánto se incrementará. Si bien hay circunstancias delicadas -como una muerte o una incapacidad-, cuando se trata de un accidente de tránsito, por ejemplo, en el que evaluamos cómo trabajaremos con las personas afectadas, en general la presencia de las partes contribuye a la búsqueda de soluciones posibles al diferendo. Con mucha satisfacción podem...

Desafíos de la nueva Ley de Mediación (Partes I y II) - Por María Cristina Di Pietro y Diana Valor

Desafíos de la nueva Ley de Mediación (I) El final de año trae un obligado balance. Éste convoca, además, variados desafíos en nuestra materia. Algunos pocos los plantearemos hoy. Y uno de ellos va con propuesta: analicemos también las consecuencias en el cambio de hábitos adquiridos, que nos invitan a pensar cuánto dominio perdemos en el manejo cotidiano de un proceso judicial o de mediación. El 1 de noviembre pasado entró en vigencia la nueva ley de mediación de la Provincia de Córdoba -ley 10543-, aunque conforme su Art. 80, sólo se implementó en la primera y segunda circunscripción judicial -ciudades de Córdoba y Río Cuarto respectivamente-. En el resto de la provincia se hará operativa progresivamente. Es decir, la nueva ley que revierte el acceso a la justicia e incorpora importantes reformas de procedimiento, deja vigente ley 8858 en el resto de las circunscripciones judiciales (Art. 81 ley 10543). Esta pacífica coexistencia es de por sí un particular antecedente legislativo...

Soplan vientos de cambio: mediación y perspectiva de género - Por Mónica Cornaglia y Carla Peretti

El precongreso Mundial de Mediación desarrollado en Córdoba en septiembre pasado inició muchas líneas de reflexión y trabajo que, como mediadoras y abogadas, hemos comenzado a encarar. Entre ellas, hay una que nos interesa retomar en este artículo y es la necesidad de incorporar la perspectiva de género en la labor cotidiana de los mediadores. Presentaremos una situación concreta que ilustra con claridad lo que queremos referir. Sucedió en la práctica de un role play, cuando una de las disertantes –Violeta Maltos Rodríguez, de México-, al analizar el caso dijo: “Lo primero que hago en el proceso de mediación es ponerme los anteojos violetas para analizar si en la mesa están en juego algunos de los criterios de perspectiva de género. Para comenzar a equilibrar desde allí.” Ahí comenzaron los disparadores: ¿Qué quiere decir? ¿Cómo advertimos que están presentes en la mesa esos criterios? Y si los advertimos, ¿cómo intervenimos? En definitiva, aparece la necesidad de emprender esta tarea...