El principio del consentimiento informado - Por Sergio Cattaneo
Sabemos que la mediación, como método de resolución pacífica de conflictos de carácter no adversarial, es informal y les otorga a los particulares la posibilidad de satisfacer sus propios intereses o necesidades. En esta tarea interviene un mediador, tercero imparcial que guía a las partes para facilitar el diálogo entre ellas -sí es que estaba interrumpido- o restablecerlo correctamente -en caso de que la comunicación se desarrolle de manera distorsionada-, de forma tal que puedan lograr resolver sus desavenencias y alcanzar un acuerdo satisfactorio que contemple sus pretensiones. A partir de la entrada en vigencia de la ley 10543 en nuestra Provincia de Córdoba, se produjo un cambio de paradigma respecto de la utilización de este proceso, que hasta noviembre de 2018 tenía carácter de voluntario en todo el territorio provincial (excepto en los casos de remisión obligatoria previstos en el Art. 2 de la ley 8858). La implementación de la nueva ley es progresiva, y se instaura primero e...